“REUNION DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA FRENTE AL COMERCIO EDUCATIVO” “REUNION DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA FRENTE AL COMERCIO EDUCATIVO”
Tener en cuenta que en la Argentina (como en muchos países de Tener en cuenta que en la Argentina (como en muchos países de Latinoamérica dieron inicio las denominadas dictaduras cívico – militares) Que además de limitación y abolición de derechos, en particular , en Argentina a partir de 1976 el régimen imperante trabajó para dar un camino al neoliberalismo: La persecución, desaparición y muerte de dirigentes sindicales En Argentina 600 docentes fueron víctimas desaparición y muerte La prohibición de reunión y del derecho de huelga .- Fuerte endeudamiento del país.
Pte. Néstor Kirchner- Pta. Cristina Fernández de Kirchner. Pte. Néstor Kirchner- Pta. Cristina Fernández de Kirchner. Se comienza un período de recuperación del Estado. El Estado se asume como garante de la políticas públicas Se evita contraer deuda externa Se negocia con acreedores, se cancela gran parte de la deuda El Estado promueve la negociación colectiva. Se reconoce a las organizaciones sindicales y sociales en su rol protagónico.
El derecho otorgado a los gremios por el Art. 14 bis de la Constitución Nacional: “ queda garantizado a los gremios concertar convenios colectivos de trabajo” El derecho otorgado a los gremios por el Art. 14 bis de la Constitución Nacional: “ queda garantizado a los gremios concertar convenios colectivos de trabajo” Varios Convenios de OIT, ratificados por Argentina, establecen normas relativas a la negociación colectiva y a los convenios colectivos que, en virtud de lo establecido en el art. 75 inc. 22 de la C.N. tienen “jerarquía superior a las leyes” Convenio 98 – 151 y particularmente el 154 denominado “...Convenio sobre el fomento de la negociación colectiva”, que establece: “se deberán adoptar medidas adecuadas a las condiciones nacionales para fomentar la negociación colectiva”
Estado asume Responsabilidad de la Educación Estado asume Responsabilidad de la Educación
EL ESTADO
EL ESTADO “GARANTE”
No a la susscrfpción No a la susscrfpción de tratados que impliquen la educación como un servicio lucrativo
Recuperación del sistema productivo Desendeudamiento Creación de más de 5 millones de puestos de trabajo Reestatización de YPF Recuperación de las paritarias anuales
Hoy las organizaciones sindicales tienen el derecho a negociar colectivamente , anualmente, con sus empleadores por mejores condiciones salariales y laborales Hoy las organizaciones sindicales tienen el derecho a negociar colectivamente , anualmente, con sus empleadores por mejores condiciones salariales y laborales El producto de esa negociación es conocido como convenio colectivo.
En cifras del M.EDUCACIÓN En cifras del M.EDUCACIÓN Construcción y equipamiento de más de 1800 escuelas. Netbook al 2014 : 4.600.000 Crecimiento del sistema educativo. Libros distribuidos al 2014: 80.000.000
Ley 26075 Ley 26075 Sancionada 21/12/05. Promulg. 09/01/06 Art. 10:- . Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología Consejo Federal de Cultura y Educación Entidades gremiales docentes con representación nacional
ACORDARÁN UN CONVENIO MARCO QUE INCLUIRÁ PAUTAS GENERALES REFERIDAS A: Condiciones laborales Calendario Educativo Salario Mínimo Docente Carrera Docente.
Surge la reglamentación ACUERDO MARCO-DECRETO 457/07 Surge la reglamentación ACUERDO MARCO-DECRETO 457/07 ( 27/04/07) Reglamenta la Ley 26075.- El CONVENIO MARCO –referido ley- regulará las materias descriptas APLICACIÓN: a todos los docentes que presten servicios en el ámbito del Sistema Educativo Nacional dependientes de las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. LA REPRESENTACIÓN DOCENTE del sector público provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires será ejercida por las asociaciones sindicales con PERSONERÍA GREMIAL y ámbito de actuación en el territorio nacional.- Integración de la REPRESENTACIÓN DE LOS TRABAJADORES en cuanto a su número PROPORCIONAL al promedio de la cantidad de afiliados activos - MINISTERIO DE EDUCACIÓN será ejercida por el titular de la cartera de Estado o funcionario de jerarquía no inferior a SUBSECRETARIO - CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN: su COMITÉ EJECUTIVO
El CONVENIO MARCO corresponderá todas las cuestiones todas las cuestiones laborales generales que integran la relación de empleo de los trabajadores docentes de las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS AIRES El CONVENIO MARCO corresponderá todas las cuestiones todas las cuestiones laborales generales que integran la relación de empleo de los trabajadores docentes de las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTONÓMA DE BUENOS AIRES a) RETRIBUCIÓN MÍNIMA DE LOS TRABAJADORES DOCENTES b) MATERIAS DE ÍNDOLE ECONÓMICA, LABORAL, ASISTENCIAL, PREVISIONAL, y en GENERAL las condiciones de trabajo, a saber : Condiciones de ingreso a la carrera docente, promoción y capacitación, calificaciones del personal; Régimen de vacantes; Trámites de reincorporaciones ; Jornadas de trabajo; Derechos sociales y previsionales; Políticas de formación docente y capacitación en servicio; Representación y actuación sindical Títulos Cualquier otra materia laboral prevista en art. 10 Ley 20675 Asimismo las partes solicitarán al MTSS la realización de una NUEVA CONVOCATORIA para las cuestiones no previstas en el convenio marco (Ejemplo Nuevos Derechos)
LAS PARTES ESTARÁN OBLIGADAS A NEGOCIAR DE BUENA FE. LAS PARTES ESTARÁN OBLIGADAS A NEGOCIAR DE BUENA FE. a) La concurrencia a las negociaciones y a las audiencias citadas en debida forma; b) La realización de las reuniones que sean necesarias, en los lugares y con la frecuencia y periodicidad que sean adecuadas; c) El intercambio de la información necesaria a los fines del examen de las cuestiones en debate; d) La realización de los esfuerzos conducentes a lograr el convenio marco; e) La designación de negociadores con idoneidad y representatividad suficientes para la discusión de los temas en tratamiento;
ACUERDOS PARITARIOS ANUALES ALCANZADOS HASTA LA FECHA ACUERDOS PARITARIOS ANUALES ALCANZADOS HASTA LA FECHA Año 2008 Legajo Único Nacional docente. Titularización y Regularización del Personal Docente. (para todos los docentes de los distintos niveles y modalidades) Sistema de Traslados y pases interjurisdiccionales. Salario mínimo. Año 2009 Conforman la Comisión Técnica Salarial y Financiamiento Educativo. Constitución de la Comisión Técnicas sobre Formación Permanente y concentración horaria. Se firma acuerdo sobre la regulación y estabilidad en el nivel superior.
Año 2010 Año 2010 Salario Mínimo Año 2011 Salario Mínimo incluido el FONID. Recomendar que el 50% de la suma fijada como salario mínimo sea considerada como básico de las jurisdicciones. Aceptar las recomendaciones de la Superintendencia de Riesgo de Trabajo en materia de seguridad laboral. Constituir una comisión para elaborar un Plan de Viviendas para el sector docente. Reunirse en el marco de la Paritaria Nacional un mínimo de 3 veces al año. Mejoramiento de la Calidad Educativa. Aumento FONID. Una suma fija en pesos extraordinaria del FONID en 6 cuotas.
Año 2012 Año 2012 Fracasa la Paritaria y por Resolución unilateral el Ministerio de Educación fija el salario mínimo incluido in FONID. Año 2013 Fracasa la Paritaria y por Resolución unilateral el Ministerio de Educación fija el salario mínimo incluido in FONID. En noviembre: Programa Nacional de Formación Docente Permanente. Con financiamiento del Estado Nacional y universal para todos los docentes del país. Conformación de una Comisión Técnica en este sentido. Un componente a cargo de la organizaciones sindicales docentes.
Año 2014 Año 2014 Salario Mínimo incluido en FONID. Continuar con la recomendación año 2011 en cuanto salario básico. Garantizar la capacitación gratuita en servicio acorde Programa Nacional de Formación Docente Permanente convenio firmado en noviembre 2013. Promover las negociaciones colectivas jurisdiccionales acorde Ley 26206(art. 67 inc. L) Creación de una Comisión para negociar el CONVENIO MARCO (Ley 26075 Decr. 457/07)
Año 2015 Salario Mínimo Aumento 100 % de Fonid- Continuar con la recomendación año 2011 en cuanto salario básico. Garantizar la capacitación gratuita en servicio acorde Programa Nacional de Formación Docente Permanente convenio firmado en noviembre 2013.
El CCT propone definir derechos mínimos inderogables y la imposibilidad de que en un futuro se incluyan cláusulas que los modifiquen negativamente. El CCT propone definir derechos mínimos inderogables y la imposibilidad de que en un futuro se incluyan cláusulas que los modifiquen negativamente. El convenio colectivo está por encima de la ley cuando es más favorable al trabajador. A él se someten no solamente aquellos que firmaron el convenio, sino todos los trabajadores englobados en el sector.
CEA . Ha ingresado con sus 20 organizaciones a la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO CEA . Ha ingresado con sus 20 organizaciones a la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO en 2012 CEA. Debate junto con su Escuela de Formación e Investigación Sindical y Docente CEA. Participa junto a las organizaciones del Programa Nacional de Formación Docente
LA CEA considera que estas conquistas y las que se van logrando es producto de la docencia organizada a través de sus sindicatos. LA CEA considera que estas conquistas y las que se van logrando es producto de la docencia organizada a través de sus sindicatos. La PARITARIA NACIONAL es un logro, años de lucha para alcanzarla. No es patrimonio de una sola organización, es de todos los docentes y sus organizaciones sindicales. Ahora marchamos “Hacia el XI CONGRESO POLÍTICO EDUCATIVO DE LA CEA- IV DEL MOVIMIENTO POLÍTICO PEDAGOGICO LATINOAMERICANO” 9-10- 11 de septiembre 2015 – Mendoza- ” “Por la AMPLIACIÓN y PROFUNDIZACIÓN DE DERECHOS” “ y hay tareas pendientes… que debemos hacerla juntos y organizadamente.-”
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