Tesis doctoral


  Dependencias de servicio y zona de huerta


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1.8.3.4   Dependencias de servicio y zona de huerta:

 En el cuerpo trasero de orientación S

O, apenas quedan restos visibles, habiendo desaparecido también el cuerpo que separaba el

claustrillo del patio de servicio, así como la crujía que entestaba por el O contra la torre y que

tenía dos plantas de altura. El nivel de escombros sobre este antiguo patio permite suponer que

si se realizase la pertinente excavación arqueológica sobre esta zona, se podrían descubrir los

arranques de los muros de estas primeras edificaciones conventuales, aspecto que, en nuestra

opinión, sería del máximo interés.

La zona de la huerta, de 1 ha. aproximadamente de superficie,  se ha conservado hasta

hace relativamente poco tiempo y confería al conjunto conventual un especial interés, por cuanto

desde su  más antigua fundación el convento la había mantenido dentro de sus cercas, no solo

como aprovechamiento económico, sino como  complemento de recreo y descanso, que daba

sentido al “ora et labora” de los frailes. Arrasados sus muros y árboles  y convertida en campo

de labranza cerealista, se han perdido también la fuente de Santa Clara y el pozo, que originaron

el primer asentamiento o eremitorio.

Ha desaparecido, en su totalidad, cualquier vestigio de como estaba organizada esta zona

del convento

892

. Su perímetro se adivina, por la cimentación todavía visible de su muro de

cerramiento, existiendo algunos restos de estas tapias, así como de las conducciones de agua que

sorteaban la cava, desde la acometida real al palacio de Juan II y a la fuente de la plaza. Una

pequeña excavación arqueológica, similar a la que se ha descrito como necesaria en el interior

del edificio,  permitiría situar las norias y fuentes de la huerta, que se han mantenido hasta hace

pocos años. 


893

   L. Álvarez, Contribución al estudio de la reforma religiosa en el reinado de los Reyes Católicos, pp. 145- 212.

894

   El Carmelo Descalzo, por ejemplo, se constituye en Congregación de Observancia en 1587, desgajándose como



nueva orden de los carmelitas en 1593. J. García Oro, “ La Iglesia en la España de los siglos XV y XVI, en Historia de la Iglesia

en España, t. III, p. 340. Los Agustinos se escinden en 1588 en Talavera en una rama de mayor disciplina, la Recolección

Agustiniana, que con el paso del tiempo dará lugar a una nueva orden. 

463

1.9

Organización conventual y aspectos económicos en su desarrollo.

1.9.1

Organización conventual.

 

Aparte de los aspectos históricos que se han desarrollado en los capítulos anteriores y que



se han centrado principalmente en el propio edificio, se han ido viendo algunos otros, a medida

que surgen y son necesarios para aclarar este contexto, que tienen como argumento el convento

como comunidad socio religiosa. Parte de estos últimos aspectos, que no se alejan del objeto de

este trabajo, en cuanto que explican la realidad conventual que tiene reflejo en su arquitectura,

se analizan someramente en este capítulo, especialmente aquellos que describen la organización

y vida del convento, ya que nos permiten entender las motivaciones y decisiones que han

conformado su historia.

Estos puntos que trataremos son: el de la adscripción a la observancia; el funcionamiento

y número de religiosos; los capítulos provinciales; las labores de docencia del convento; y las

relaciones con la villa de Madrigal. Se han separado por otro lado los aspectos económicos, por

constituir un apartado distinto, especialmente relacionado con la arquitectura del convento

1.9.1.1  Sobre la observancia regular y la vida reglada del convento:

 Muchas órdenes

regulares venían sufriendo, desde época medieval, un continuado proceso de relajación de las

costumbres conventuales, así como de sus diarias prácticas religiosas. Este fenómeno se

arrastraba desde finales del siglo XIV, pero no cabe duda que se incrementó en los tiempos del

Cisma. Por otro lado, después de la peste negra de 1348, que azota Europa y la Península Ibérica,

muchos conventos, que pierden parte de sus religiosos, abren sus puertas a personas necesitadas

de refugio material y espiritual, cuya falta de vocación irá en detrimento del cumplimiento de las

reglas conventuales. 

Esta situación, que se da en toda Europa, se une, a principios del siglo XVI, a la

preocupación de la iglesia romana por la escisión protestante, crítica con la relajación de

costumbres del estamento eclesiástico, lo que llevará a que en los reinos peninsulares, los Reyes

Católicos promuevan una serie de reformas respecto al clero, las cuales necesitan del papado para

su aprobación



893

.

En 1493 el papa Alejandro VI concede una bula para la reforma de los conventos de los



reinos hispanos administrados por Isabel y Fernando, efectuándose la misma desde los propios

conventos bajo la supervisión de los obispos. Esta reforma, de difícil aplicación en algunas

órdenes, seguirá su proceso durante los reinados de Carlos I y Felipe II y durará hasta finales del

siglo XVI, superponiéndose a la creación de nuevas familias monásticas de descalzos o recoletos

que se desarrollan al amparo de los postulados del concilio de Trento

894

 .


895

   I. Aramburu Cendoya , “ El Capítulo toledano de 1504. Fin de la Claustra en la Provincia de España”, en Archivo



Agustiniano, LVII, El Escorial, 1963.

896


   D. Barranco Moreno, Una aproximación histórica a dos comunidades de villa y tierra abulenses, pp. 240-241.

464


La Observancia es pues un proceso recurrente durante todo este periodo de tiempo, que

abarca casi dos siglos, en el que se pretende retornar a los modos y prácticas de las primeras

comunidades, en aspectos como la oración y el retiro, transformando la relajación de la regla

disciplinar de muchos de los claustrales. El estudio vuelve a tener su lugar en la vida conventual,

junto a las celebraciones litúrgicas y en algunos casos, el trabajo físico.

En cuanto a los agustinos, en el año de 1438 se funda la Congregación de la Observancia,

cuyo inicio se da en el Capítulo de 1439, en el convento Los Santos de Villanubla de Valladolid,

por iniciativa de Juan de Alarcón. Muchos conventos de la provincia de Castilla se integraron

en la Observancia durante los reinados de los Reyes Católicos y Carlos I, interesados en un clero

regular cohesionado y afín a los intereses de la monarquía.

En la orden agustina coexisten por un lado los conventos “claustrales” y por otro, los que

siguen las reglas de la “observancia”. Existe un proceso generalizado, especialmente en la

segunda mitad del siglo XVI, de “reducir” los primeros a la Observancia Regular de la Orden

se San Agustín. Este cambio se podía efectuar a petición y con el consentimiento de los

interesados, o en otros casos por la fuerza, en base a un Breve Papal y a la autoridad del monarca,

representada por los poderes civiles, que tomando posesión del monasterio obligaban a poner en

común los patrimonios individuales (algunos muy considerables) y a realizar otra serie de

reformas en base al cumplimiento de las Constituciones de la Orden. Como se ha dicho, la

Observancia persigue, por una parte, restituir la vida en común (que de alguna forma se había

perdido) y por otra, ahondar en la espiritualidad individual y en el recogimiento interior, a través

del silencio y el retiro.

 Los agustinos de la Provincia de España se acogieron de forma  amplia a la Observancia,

como quedó patente en el Capítulo de Toledo de 1504 



895

. En el inicio, al haber solo una

Provincia esta se denominó de España, pero al dividirse posteriormente, esta provincia pasó a

llamarse de Castilla. En el capítulo de Arenas, de 30 de mayo de 1511, se había dividido la

Congregación agustina en cuatro visitaciones : Burgos, Salamanca, Sevilla y Toledo. A partir del

Capítulo de Dueñas, de 1527, se constituyen las provincias de Castilla y de Andalucía, a cada

lado del río Tajo. Posteriormente en el capítulo que se celebra en Dueñas en 1541, las Provincias

de Andalucía y de Castilla se unen, formando la Nueva Provincia de España de la Observancia,

volviéndose a separar en 1582, hasta el siglo XIX.

En Madrigal, el convento de las agustinas Santa María de la Piedad (luego Santa María

de Gracia la Real) se adscribe muy tempranamente a la reforma de la Observancia, en el año de

1438, por la Bula de Eugenio IV. Un siglo más tarde, cuando en el mismo edificio se establecen

los agustinos, sobre 1536, el convento se adscribe a la Observancia en el mencionado Capítulo

de Dueñas de 1541.La comunidad de agustinos de Madrigal se constituye de Calzados frente a

otras del entorno, como la de Ermitaños Descalzos de la Orden de San Agustín, que se establece

en El Risco en el segundo cuarto del siglo XVI



896

.

En paralelo a las grandes discusiones sobre normativa, en el libro que se conservaba en



897

   Ordenes en el convento de Madrigal de Fray Alonso de Madrid en 1554.  A. H. N. Clero regular, legajo 586

898

   Ordenes en el convento de Madrigal de Fray Pedro Suárez en 1577. A. H. N. Clero regular, legajo 586.



899

   En el Apéndice , se incorpora un cuadro con los Priores que se conocen del convento de N. P. San Agustín de

Madrigal, extramuros, así como de los Provinciales de la Provincia de España o de Castilla que aparecen en las fuentes

documentales.

465

la celda prioral de los agustinos de Madrigal, donde se apuntaban los mandatos de los



Provinciales en sus visitas al convento (hoy en el A. H. N.), se reflejan algunas anotaciones

encaminadas a reprender ciertas conductas de los frailes en cuanto a la vestimenta.

“...mando al padre prior que visite las camissas y que las que hallare con collar chico o grande,

las corte y no permita que  más se hagan, ny que entren en las celdas unos de otros y al que lo

contrahiziere se les de la puia que está mandada y que tenga cuydado que no se haga cosa

alguna en contario de lo que se manda...”

897

.

Hay que tener en cuenta que este libro de visitas y mandatos se comienza en los años en que está

concluyendo el Concilio de Trento. 

En el mismo libro, unos años  más tarde, se anotan algunas

órdenes destinadas a evitar la relajación en las salidas del convento, prohibiéndose las visitas

individuales al cercano convento de las agustinas. Al parecer los  religiosos tenían cierta facilidad

para entrar o salir, visitar parientes y enfermos o encargarse de algunas gestiones. 

“...Yten so[bre] la misma obediencia mando que ningún religioso baya al monasterio de los

frailes, de las monjas, ni a otra parte alguna de el lugar sin conpañero y no le abiendo en casa

[...] de las monjas le inbie un conpañero. Yten mando, en virtud de santa obediencia, que los

frailes huéspedes que ubieran estado en la casa de las monjas un día, no puedan estar ni les

reciban en este nuestro convento para estar en el otro ninguno, ni les den de comer ni

posada...

898

.

No parece que se cumpliese a rajatabla la clausura rigurosa de la Observancia, toda vez



que el convento de Madrigal impartía docencia desde el patronazgo de Quiroga. Una de las

causas del relajamiento de la disciplina conventual se había achacado precisamente a las

prerrogativas que tenían los frailes dedicados a estos menesteres docentes.

1.9.1.2   Organización del convento y número de religiosos: 

La autoridad del convento la

ejercía el padre prior, si bien las decisiones significativas se tomaban colegiadamente a través

del capítulo conventual. La elección del prior se efectuaba por el Padre Provincial, en el capítulo

Provincial

899

. El vicario o sub-prior hacía las veces de prior en ausencia de éste. Otros cargos

conventuales eran el de depositario, procurador, maestro de novicios, sacristán, director de coro,

cocinero, portero, etc... Las labores del prior consistían, principalmente, en dirigir los aspectos

internos de la vida conventual, horarios, tareas, etc, así como asumir la representación conventual

ante otros estamentos.

Los frailes, de no estar enfermos,  tenían la obligación de acudir a las celebraciones

litúrgicas, tales como la misa diaria y el rezo de las horas canónicas. Una vez por semana estaban

obligados a confesión, en el capítulo de culpas. Debían asistir a los capítulos conventuales

cuando estos se convocasen (a toque de campana tañida) y a la lectura comunitaria, que solía

celebrarse de forma diaria. Las actividades se repartían entre el descanso (8 horas), las comidas


900

   El número de religiosos que firma el primer tratado es de 15, si bien habría que añadir alguno que en ese momento

estuviese enfermo o ausente.

901


   A. P. A. C., Folios cosidos al Libro de Protocolos de los papeles que se contienen en este archivo del Convento

de N. P. San Agustín de la villa de Madrigal. p. 1 vª .

902


   A. G. S. Dirección General del Tesoro, Inventario 24, legajo 1.301.

903


   A. H. P. A., Catastro del Marqués de la Ensenada, Tomo I  Propiedades Eclesiásticas,  H-483.

904


   Instituto Nacional de Estadística,  Censo de Aranda, tomo I, edición facsímil, Real Academia de la Historia,

I.N.E., Madrid, 1999.

466

( que solían ser dos o tres), las actividades litúrgicas, el estudio y el trabajo manual, si bien este



último estaría encomendado a los estudiantes, toda vez que el convento de Madrigal tenía como

una de sus actividades principales la docencia, por lo que los trabajos agropecuarios y de la

huerta asociada al convento solían hacerlos los criados o mozos que tenían para tal fin.

En cuanto al número de frailes que tenía normalmente el convento, varía en las diversas

épocas. Habíamos visto como, a partir de 1590

900

, en las fundaciones o tratados quedó

establecido el número de frailes que debería de tener el convento de Madrigal, con un mínimo

de:


“...

treinta religiosos: los seis confesores aprobados, tres lectores que leiesen artes por tres años,

y theología escolástica por quatro, tres predicadores, quince estudiantes, el prior y dos oficiales...” 

901

En el censo de 1591



902

 el número de religiosos era de 24, mientras que las monjas de

Madrigal llegaban a 55.  Sabemos que, en 1610, cuando se encarga la sillería para el coro de la

nueva iglesia, el número de sitiales o sillas que ejecuta por contrato Alonso de Vallejo es de 33

(más una baja), lo que nos da una idea de que los frailes serían alrededor de 30 por estas fechas.

Si bien no tenemos datos exactos en lo que respecta al siglo XVII, lo  más probable es que, tras

la última fundación de 1624, su número estuviese en torno a los 30 mencionados y que el

incremento posterior se diese ya, principalmente, en el siglo XVIII.

Los censos modernos del siglo XVIII nos permiten comprobar, de alguna forma, la

cantidad de religiosos que residen habitualmente en él, siendo fiables en gran medida,

especialmente el primero de ellos, donde vienen sus moradores con nombres y apellidos. Nos

referimos al catastro del Marqués de la Ensenada de 1751, al censo del Conde de Aranda de 1768

y por último, al de Floridablanca de 1786. 

Esta constatación numérica sirve para ver como se cumplen las condiciones de los

tratados en este aspecto y por otro lado refleja la “salud” económica y organizativa del convento.

Los datos que nos aporta el catastro de 1751 son los que contienen  más información sobre las

personas y las propiedades del convento de Madrigal.  En este catastro del Marqués de la

Ensenada (1751-1755) vemos como el número de frailes es de 42, a los que hay que añadir, 12

criados o personas que se encargan de algunas de las labores manuales y agropecuarias, dado que

(como se acaba de decir) los religiosos estaban dedicados principalmente a la enseñanza 



903

.  El


censo del Conde de Aranda (1768-1773) nos dice que en el convento de agustinos de Madrigal,

adscrito a la parroquia de Santa María del Castillo, hay 37 frailes y 3 criados 



904

. En el censo del

Conde de Floridablanca (25 de julio de 1786) se señala que el número de clérigos que habita el


905

   Instituto Nacional de Estadística,  Censo de 1787 " Floridablanca" Ávila, I. N. E., Madrid 1987.

906

   A. H. P. A., Lucas Gutiérrez de Cordovilla, protocolo 3765, s.f.



907

   A. CH. V., Sección pleitos civiles , Alonso Rodríguez (olvidados, caja  0950.0001,  documento nº 3.

467

convento es de 43, sin especificar si están incluidos otro tipo de curatos



905

.  Vemos pues, que

durante gran parte de este siglo XVIII, el número de frailes que habitan el convento extramuros

oscilaba en torno a 40.



1.9.1.3    Los capítulos provinciales:

  Una de las misiones principales de estos capítulos era

la elección de Provincial, el cual era elegido por votación y solía recaer en frailes de la orden de

reconocida preparación intelectual. Tal es el caso del capítulo celebrado el 14 de agosto de 1591,

en el que salió elegido fray Luis de León, el cual murió el 23 de ese mismo mes, antes de

disolverse la asamblea.  Los conventos contribuían al mantenimiento de la Orden, vía colecta

Provincial y General, que se fijaban en estos capítulos.

Madrigal es sede de los capítulos provinciales desde que, en 1590, con el primer Tratado,

el cardenal Quiroga estableciese una dotación de 100 ducados anuales para la celebración de los

mismos.


“... y se aría en este monasterio de aquí adelante el capítulo probincial de la dicha nuestra

horden, todas las bezes que se obiere de azer y por esta causa y para este efecto Su Señoría

Ilustrísima dio más cien ducados en cada un año... "  

906

.

En 1626, los testamentarios del cardenal elevan esta dotación para la celebración de los

capítulos de la orden en Madrigal, a la cantidad de 1000 ducados. Como los capítulos se celebran

cada tres años, entran en esta cantidad los 300 ducados asignados con anterioridad, a razón de

100 en cada año. La asignación de esta renta obligaba a los agustinos a que la sede de estos

capítulos fuese Madrigal y a que las misas capitulares se hiciesen por el alma de Quiroga.



“...Que el dicho convento ha de quedar obligado de hacer el gasto de los Capítulos Provinciales

de su orden, que esta provincia hace en aquel convento de San Agustín de Madrigal, de tres en

tres años, como no exceda el dicho gasto de 1.000 ducados en cada capítulo en que han de entrar

y entren los 300 ducados que hasta agora el dicho convento contribuía para los gastos del dicho

capítulo por obligación que a ello tenía por la fundación primera que hizo el señor cardenal y

con aquellas mismas condiciones, y si se gastare  más de los dichos 1.000 ducados lo provea y

ponga la provincia y si se gastare menos se quede con ello el dicho convento para sus

necesidades, con lo qual la dicha provincia ha de quedar obligada a hacer los dichos capítulos

siempre en aquella casa y convento de Madrigal, sin que se pueda hacer en otra parte, aunque

qualquiera persona de qualquier dignidad, preminencia y calidad que sea les ofrezca y de

mucha  más cantidad de los dichos 1.000 ducados y mejores condiciones. Y las misas que

mediante el capítulo se digeren por los religiosos que asistieren a el, han de ser por el alma del

dicho señor cardenal Quiroga, y en todos los conventos y monasterios de la provincia se han de

hacer las honras por el dicho señor cardenal en el miércoles o jueves siguiente de como saliere

elegido el provincial; y con condición que al dicho convento no se le puedan hacer

repartimientos ningunos para gastos de la dicha provincia, ni para gastos de Roma, aunque sea

por mandato del General; y si de hecho se le repartiere alguna cantidad esa misma se pague de

los dichos 1.000 ducados que se han de gastar en cada capítulo y se gaste menos...” 

907

908

   A. CH. V., Ibídem.

909

   B. Estrada Robles, Los agustinos ermitaños en España hasta el siglo XIX, Editorial Revista Agustiniana, Madrid,



1988, p. 327, da las fechas de celebración de los capítulos de Arenas en los años: 1457, 1467, 1477, 1481, 1489, 1493, 1501,

1503, 1509, 1511, 1517, 1529, 1537, 1545, 1554, 1557, 1560 y 1566.  T. de Herrera,  Historia del convento de San Agustín de



Salamanca, Madrid, 1652,  p.17,  da en cambio las de: 1457, 1467, 1477, 1489, 1493, 1495, 1497, 1501, 1503, 1509, 1511, 1517,

1529, 1537, 1545 (sale Provincial fray Alonso de Madrid), 1554, 1560 y 1569.

468

Algunos de los capítulos provinciales, de los que se conoce su celebración en el convento



de N. P. San Agustín de Madrigal extramuros, son: Durante el siglo XVI: 1591 (muerte de fray

Luis), 1592, 1595 y 1598. Durante el siglo XVII: 1601, 1604, 1607, 1612, 1615, 1618, 1621,

1624, 1627, 1630, 1633 , 1635, 1638,  1641, 1644, 1647, 1650,.....1665, 1668, .....1687, 1690,

1694 y 1697. Durante el siglo XVIII: 1700, 1709, 1715, ....1739, 1742, 1748, 1751, 1754, 1757,

1760, 1763, 1767, 1771, 1775, 1783 y 1791.

Los capítulos se hacen de forma trienal, hasta el año 1763, en que se comienza a celebrar

de forma cuatrienal. En el año 1783, los agustinos declaran haber gastado en la celebración de

los capítulos provinciales, desde el año de 1641 (en que se habían rendido cuentas al patrono D.

Alonso de Quiroga) la cantidad de 158.400 reales, que equivalen a 14.400 ducados 


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