Tesis doctoral
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- 1.9.2.1 Ámbito del análisis
- 1.9.2.2 Los tratados y las obras del convento
959 en Medina del campo, con el debate de fondo, de si hay que diferenciar a los enfermos de los menesterosos. Ya en el siglo XVIII se recupera el crecimiento de la población, que se estima en el 0,35 % anual, con un total aproximado para España de 3 millones, a lo largo de todo el siglo .Este incremento demográfico se corresponde con un aumento de la producción agraria para este periodo, incrementándose la producción de la tierra de forma significativa a partir de 1750, si bien, en muchos casos, se superponen los problemas agrarios a los sociales. El campesino solía obtener un beneficio neto que podía oscilar entre un medio y un cuarto de la cosecha, después de haber pagado el diezmo y la parte correspondiente a la Corona (sobre un 3 %)
. En este siglo se mantiene para la Corona de Castilla el sistema de los ingresos hacendísticos de épocas anteriores, en base a las alcabalas (sobre la compra-venta de ciertos productos), los servicios (ordinarios y extraordinarios y los millones), así como las tercias reales sobre el diezmo eclesiástico. Los servicios y millones se siguieron cobrando por el sistema del encabezamiento que acordaban los distintos municipios, los cuales lo repartían entre los distintos pecheros, cabezas de familia, lo que unido al incremento de las “cartas de hidalguía” produce una mayor presión fiscal sobre las clases menos favorecidas. Aunque aparecen los primeros Bancos y Montepíos de Créditos
, el crédito privado sigue utilizando la forma de los censos en los que la garantía hipotecarias se establecía normalmente sobre la propiedad del tomador, que en caso de insolvencia podía llegar a perderla, como se ha visto en algunos prestamos censuales que emiten los propios agustinos de Madrigal, en los que se llegan a quedar con las tierras. Se diversifican los cultivos, aunque continúa la predominancia del secano, con el incremento de otros cereales alternativos al trigo, que sigue teniendo un peso en torno al 50 % de la producción, creándose, con Fernando VI la Superintendencia General de Pósitos, para el 962 En el año 1792, al suprimirse esta Intendencia, los pósitos se controlan desde el Consejo de Castilla. La evolución de los precios agrícolas que se produce durante este siglo vemos como se relaciona con los años de catástrofes naturales o de malas cosechas: 1709-1711, 1750, 1765, 1770, 1784, 1789 y 1798. Hasta el año 1735 existe una cierta estabilidad de los precios, iniciándose un alza de los mismos que se acelera a partir de 1765. E. J. Hamilton, Guerra y precios en España 1651-1800, Madrid, 1988, p. 209. 481 abastecimiento de grano 962 . El viñedo se extiende en amplias zonas peninsulares. En este siglo XVIII todavía la producción agraria seguía estando limitada por la propiedad y uso de la tierra, con la pervivencia de los señoríos de la sociedad estamental. Continúa por otra parte la tendencia de la burguesía a comprar tierra como inversión sin riesgo, y sigue creciendo el número de arrendatarios, que suelen convertirse en tomadores de censos a largo plazo; el pequeño campesino (con alguna tierra en propiedad) va desapareciendo transformandose en arrendatarios de tierras ajenas, al igual que sucede en Europa. Los ilustrados tratarán de poner remedio a los problemas endémicos de nuestra economía, y en especial con la fisiocracia la agricultura pasa a ocupar un primer plano, hasta la Reforma Agraria que toma cuerpo en 1766. Hacia 1765 se dan algunas medidas sobre el libre comercio y la abolición de la tasa de granos y poco después se dan las primeras medidas para modificar el régimen de mayorazgo en Castilla, pudiendo dividir los mayorazgos si las rentas resultantes eran suficientes y prohibiendo fundar nuevos sin licencia real. También se fijan, en 1785, las condiciones en que los arrendatarios pueden ser expulsados, lo que supone una mejora de sus condiciones. Hacia final de siglo se van restringiendo los privilegios de la Mesta, si bien el ganado estante, como es el del convento, que pastaba en las tierras comunales de la villa, nunca gozó de estos privilegios. 1.9.2.1 Ámbito del análisis: Dentro de los múltiples aspectos que puede conllevar un análisis de tipo económico, se incide en los puntos que se consideran de mayor interés. El primero de ellos es el de las rentas y cargas provenientes de los tratados o fundaciones que establece el convento, viendo como repercuten especialmente en las obras del convento que se llevan a cabo a partir de 1590. Otro punto es el de conocer el porcentaje que representan estas fundaciones en el conjunto de las rentas del convento, ya que esto nos permite averiguar hasta que punto tuvieron importancia en el desarrollo de estas obras. Por último se analizan las tierras y fincas de que dispone el convento, en los tres periodos de que se disponen más datos sobre las mismas, que son: en 1692 cuando se establece un apeo general; en 1751 a tenor de los datos suministrados por el catastro del Marqués de la Ensenada; y los que nos proporciona el inventario desamortizador en 1836 en el momento final de la vida del convento. Este último aspecto, el de la propiedad de tierras, nos sirve de indicador del status económico del convento en comparación con otras comunidades de religiosos. En lineas generales y dependiendo de los diferentes periodos, los recursos económicos del convento de San Agustín extramuros de Madrigal provienen a grandes rasgos, como en muchos otros conventos de: 1) de las rentas de los bienes patrimoniales (arrendamientos de tierras o inmuebles, intereses de censos, rentas de juros etc.), 2) de las rentas provenientes de los patronazgos y memorias pías (en este caso del cardenal Quiroga), 3) de la producción propia 963 Se ha estimado que, en líneas generales, las rentas provenientes de la obra pía establecida sobre la fortuna del cardenal Quiroga, constituía las 3/4 partes de las rentas totales de que llegó a disponer el convento desde los años en que se instalan en él los frailes. 964 Se conoce por los libros de cuentas del A. H. N., que los frailes vendían parte del vino que producían. En cuanto al trigo, tanto lo que producían directamente, como lo proveniente del pago de tierras arrendadas, parte se empleaba para el consumo, otra parte para el pago de algunas cargas, como la del reparto de pan a los pobres, y otra parte se vendía. 965 A. P. A. C., hojas cosidas al “Libro de Protocolos de los papeles que se contienen en este archivo del convento de N. P. S. Agustín de la villa de Madrigal”. 966
A. CH. V., Sección pleitos civiles, Alonso Rodríguez (olvidados). Caja 0950.0001. Documento nº 3 de los Autos. 967
Los juros sobre las salinas se emiten en base a los monopolios de la Corona sobre el subsuelo y la producción minera (origen en el concepto de regalía), donde el monarca se quedaba normalmente una quinta parte de lo que se producía. 482 agraria o artesana y de la venta de ciertos productos. 4) de algunos actos litúrgicos. En el convento de los agustinos de Madrigal se da la circunstancia, un tanto especial, de que las rentas provenientes del patronazgo de Quiroga representan una gran parte del total de los recursos del convento
, tanto las que se destinaron a construir el edificio como las que se usaron posteriormente para el mantenimiento de los frailes. Tanto los ingresos derivados de los distintos oficios eclesiásticos, como los recursos provenientes de la comercialización y venta de algunos productos agropecuarios producidos por los frailes (grano, vino etc.), no representaron nunca una cantidad significativa en el conjunto de la economía conventual 964 .
Según se estipulaba en las condiciones de la tercera fundación o tratado, de diciembre de 1626, los frailes no pueden empezar a disfrutar de las rentas establecidas por los albaceas de Quiroga (excepto 500 ducados anuales
), hasta que no estén concluidas las obras conventuales: “...
...”
966 . Es quizá esta una de las causas que provoca la “prisa” que tienen los frailes por terminar la obra, incluso el hecho de dar por acabado el convento en el año 1640, cuando en realidad faltaría por ejecutar (según las probables trazas iniciales) el cuerpo oeste, que mantiene las viejas edificaciones de la época de las monjas. Es a partir de esta fecha cuando comienzan los frailes a disponer de las rentas de una parte de la herencia de Quiroga, las cuales las tienen aplicadas (según se las habían ido cediendo los testamentarios) en diversos juros, la mayor parte sobre las salinas reales 967 . Como también era frecuente en otros conventos, los agustinos suelen emplear estas rentas, una vez deducidos los gastos de las numerosas cargas contraídas, en: 1) comprar tierras, 2) en prestamos en forma de censos, o 3) lo invierten en forma de juros u otras obligaciones, aunque esto último tenía el inconveniente de su depreciación recurrente por parte de la Corona, cuando necesitaba sanear su hacienda, como ya les pasaba con algunas de las rentas de las fundaciones. Esto hace que parte de estas rentas del cardenal se transformen con el paso del tiempo en rentas patrimoniales ajenas a la pía memoria, generalmente reconvertidas en tierras. 968 H. Pizarro Llorente da la cifra de 1.500.000 ducados. Op. cit., p. 599. 969 F. Marías, "El cigarral toledano del cardenal Quiroga", en Goya, nº 154, Madrid, 1980. Esta deuda contraída por el monarca con Quiroga, en última instancia repercute en los agustinos de Madrigal a través de las rentas derivadas de su herencia que pasan al convento, en la suma de 50.000 ducados, que constituye la tercera parte del expolio. Ver :A. P. A. C. Carpeta 2, Actas y decretos 1701-1864, subc. 15; también A. CH. V., Sección pleitos civiles, Alonso Rodríguez (olvidados). Caja 0950.0001, documento nº 3 de los Autos: “...50.000 ducados, que valen 18.750.000 mrs, que se deben a la dicha buena Memoria del dicho señor Cardenal, que es la tercia parte de 150.000 ducados que el dicho señor Cardenal en su vida presto al rey D. Phelipe Segundo” También, A. H. N., Clero Regular, legajo 589 s.f. : “...certificación por la que consta deverse a este convento 4.421.248 mrs. de lo que S.M. llevó de mas de la hacienda y espolio del sr. cardenal. Se halla en este cuaderno razón o informe de lo que S.M. debe a este combento, de los cincuenta mil ducados que dicho sr. cardenal le prestó y los testamentarios adjudicaron al combento para cumplir sus cargas...” 970
Ante Juan Gutierre (o Gutierrez ), notario-escribano de Madrid. A. H. N., Clero Regular, legajo 589 s.f. 971
A. H. N., fondo Consejos, sección Casa Quiroga, legajo 5310, IV tomo, f.108-128.
972 Se divide la hacienda en tres partes: una para la Reverenda Cámara Apostólica, otra para el Rey y la tercera para ser repartida por los testamentarios, en base a la voluntad del difunto, en obras pías y buenas memorias. Con anterioridad, Greorio XIII, había otorgado licencia a Quiroga para que se pudiese efectuar testamento de sus bienes, dada su condición de Cardenal, y el hecho de que sus rentas provenían principalmente de su cargo al frente del arzobispado toledano. 973
A. P. A. C. Carpeta 2, Actas y decretos 1701-1864, subc. 17. 974
A. P. A. C. Carpeta 2, Actas y decretos 1701-1864, subc. 6. Esta cantidad que la Cámara se había llevado de más ascendía a la suma de 20.000 ducados, que una vez cobrados por el convento tras la resolución judicial, se emplean en la compra de un juro en Salamanca de 3 millones de maravedís, la concesión de dos censos a la villa de Palacio Rubios de 5.000 ducados, y otro a la villa de Ataquines de 10.000 reales. Ver A. CH. V., sección pleitos civiles, Alonso Rodríguez (olvidados), caja 0950.0001. Otra de las cuestiones que se plantea por los frailes con las otras dos partes en litigio por el reparto de la herencia, es el hecho de que entre las cargas que adquieren en la tercera fundación, está la de pagar los salarios (a veces de por vida) a la gran cantidad de criados y sirvientes del difunto Cardenal, considerando que es un gasto a repartir entre las tres partes. 483
1.9.2.2 Los tratados y las obras del convento: Las rentas del patronazgo quedan establecidas, como ya se ha visto, en las tres fundaciones o tratados que se firman entre el convento de religiosos de Madrigal y el cardenal Quiroga o sus albaceas, y provienen de su fortuna personal. Esta fortuna propia del que fue cardenal y arzobispo de Toledo e inquisidor general D. Gaspar de Quiroga ascendía en el momento de su fallecimiento a la cantidad aproximada de 1.900.000 ducados
(aparte de los 150.000 ducados que prestó a Felipe II 969 ), cantidad desorbitada, teniendo en cuenta que en sus inicios solo disponía de los recursos propios de una familia de clase media. En un primer testamento que se redacta el 27 de noviembre de 1592
970 , dejaba su herencia para obras pías y a sus criados, redactando un segundo testamento 971 y dos codicilos, poco antes de morir el 20 de noviembre de 1594, en el que nombra a los albaceas, que posteriormente serán los encargados de gestionar la parte de la herencia destinada a limosnas y sustentos de personas e instituciones, entre los que destaca el convento madrigalense. Como se ha comentado con anterioridad, el reparto de la herencia del arzobispo toledano dio lugar a un prolongado proceso, que se inicia el 3 de junio de 1595 mediante un Breve del papa Clemente VIII 972 despachado en Roma, donde se establecía el reparto, en tres partes iguales, como ya se ha mencionado, reparto que concluirá en 1624 mediante una Bula de Urbano VIII 973 , y para el convento, en 1626, con el establecimiento de la tercera fundación. No obstante el convento todavía deberá pleitear con la Reverenda Cámara (ejecutoria que se gana por parte agustina), para que ésta devuelva al convento, vía testamentarios, lo que se había llevado de más en el expolio
. Así mismo, le tocará reclamar a la Corona la parte del préstamo de los 150.000 975 En el apeo de 1692 vemos que se sigue debiendo 4.424.314 mrs. de esta deuda. A. H. P. A., Diego Bueno, protocolo 3908, s.f. 484
ducados que se concedió en su día a Felipe II, sin que se tenga constancia de que se llegase a abonar a los agustinos está cantidad 975 . El patrimonio del cardenal Quiroga, invertido en el convento de extramuros de San Agustín de Madrigal principalmente en el levantamiento de sus fábricas, llega a través de estos tratados, establecidos en tres momentos diferentes y que se corresponden, cada uno de ellos con los periodos de obras que estas aportaciones traen consigo. El primero, en vida del cardenal, se data en enero de 1590 y para su aceptación por parte del prior (fray Francisco de Aragón) y convento, se firman los pertinentes sub tratados. Esta fundación, con los recursos que más adelante se detallan, sirve para plantear la traza general del convento, firmada por Juan del Ribero Rada, y para la ejecución del iglesia en 1595 por el mismo arquitecto, una vez muerto Quiroga, así como para casi todas las obras de ornato y mobiliario de su interior. La segunda fundación o tratado se establece en 1611 entre los testamentarios de Quiroga y el prior (Gaspar de Salinas) y convento de Madrigal. Las aportaciones económicas derivadas de la parte de la herencia correspondientes a la buena memoria, sirven para la ejecución de todo el cuerpo principal del convento, que compone su fachada N E, que mira hacia la villa de Madrigal. Esta obra correrá a cargo de Alonso de Vallejo, el escultor que había intervenido en la mayor parte de las obras de acabado de la iglesia y ejecutado los entierros del cardenal y sus padres en las capillas laterales de la cabecera de la iglesia del convento. La tercera y última fundación se acuerda en diciembre de 1626, firmándose los correspondientes tratados de aceptación por parte del el prior (fray Rodrigo de Monroy) y convento. La establecen los testamentarios del cardenal una vez concluidos los pleitos del expolio del cardenal Quiroga con la Camara Apostólica y Felipe IV (cuya parte restante dejan al convento), con una serie de importantes cargas que se describen más adelante y con lo que finiquitan su responsabilidad en las gestión de dichos fondos. Es en este momento cuando se acometen las obras del claustro y escalera principal, así como algunas crujías interiores, cerrando un ciclo importante que ya solo tendrá continuidad en las obras de mantenimiento y reparación, y en algunas otras obras efectuadas principalmente durante el siglo XVIII. Para la evaluación del coste total de las obras del convento con cargo a estas fundaciones o tratados se ha elaborado un cuadro, donde aparecen reflejadas las distintas fases de obra, los arquitectos y artistas que las realizan, las fechas de contratación y ejecución, cuando se conocen, y el costo de las mismas. Los datos que aparecen en el mismo son los que se saben para el periodo comprendido entre 1595 y 1644 que engloba todo el grueso de la obra conventual, que se hace con los recursos de Quiroga y sus tratados, pues si bien durante la segunda mitad del siglo XVII y especialmente el siglo XVIII se siguen acometiendo algunas actuaciones, tienen estas un carácter secundario y en todo caso se producen después de que los frailes dan por concluido el convento, en este año de 1644. El total estimado de lo que ha costado su ejecución es de 131.185 duc ados, cantidad ciertamente importante para su época. Esta cifra, no obstante, es seguramente inferior a lo que 976 H. Pizarro Llorente Henar, op. cit., p. 599. 485 costó realmente, pues por un lado no se conocen la totalidad de los contratos de obra establecidos por los agustinos y por otro algunas de las fases de la obra se hicieron por administración, contratando el convento la mano de obra de forma directa o a través del maestro encargado de tal menester, y comprando los frailes los materiales, lo que unido a la falta de un seguimiento contable por los mismos, provoca la opacidad de los gastos. Por tanto es probable que los costos del convento estuviesen comprendidos entre los 150.000 y los 180.000 ducados, cifra esta última que se aproximaría a los 200.000 ducados que de forma global se menciona en el proceso del expolio
. Elemento Arquitecto o artista Fecha contrato Fecha ejecución Coste
Iglesia Juan del Ribero y Juan de Nates 17-10-1595 1595-1601 23.000 duc. Retablo principal y pinturas Alonso Vallejo y Juan Pantoja 18-1-1600 1600-1604 12.000 ? d. Sepulcros de los fundadores Luis Venero y Alonso Vallejo 12-8-1602 1602 1606-1611 27.800 duc. Retablos menores y albañilería Alonso Vallejo 6-1607 ? 1607-1611 4.823 duc. Sillería del coro y otros Alonso Vallejo 13-4-1610 1609-1611 2.660 ? d. Cuerpo o fachada principal Alonso Vallejo 1607 ? 1607 ?-1617 41.350 ? d. Claustro y escalera principal Domingo de Iriarte, Francisco Cillero y Francisco de la Hoya 28-8-1628 3-1631?
24-6-1632 1628-1635 17.000 duc. Bóvedas y acabados Francisco Cillero 3-1631? 1631-?
1.679 duc. Remates escalera Francisco Cillero 17-7-1644 1644 873 duc.
TOTAL 131.185 duc. Sobre lo estimado en este cuadro, hay que hacer algunas consideraciones. El gasto de lo que supuso el cuerpo principal de la fachada, a cuyo cargo estaba Alonso Vallejo, desde el año 1607, hasta su fallecimiento, no se conoce con exactitud, al no disponer del contrato (probablemente no existió, al acometerse esta fase por administración), por lo que la cantidad reflejada se ha obtenido de considerar durante estos años el dinero aplicado de las rentas de los juros de la primera y segunda fundación (menos 500 ducados establecidos) a la ejecución de esta parte de la obra, tal como se previene en la documentación encontrada.
977 17.000 ducados. A. H. P. A., Sebastián de Mercado, protocolo 3.796, s.f. 978 Se pagan por estas ventanas la cantidad de 1.000 reales. A. H. P. A., Nicolás Alonso de Mercado, protocolo 3992, folios 268-269 vº. 979
Corresponden a la iglesia y su amueblamiento, cuyo compromiso de ejecución se efectúa en vida de Quiroga, al establecer el patronazgo sobre la Capilla Mayor. En este grupo entraría también el coro, si bien su pago se realiza al establecimiento del segundo tratado. 980
Aunque en el primer tratado se menciona que durante 20 años se reservarán de las rentas 500 ducados anuales para la ejecución de la iglesia (valorada inicialmente en 10.000 ducados), tras la muerte de Quiroga cuando se contrata la ejecución de la misma con Juan del Ribero, se financia esta directamente por los testamentarios en cuatro anualidades de 5.000 ducados cada una. 486 Siempre que se ha podido se ha estimado la cantidad realmente pagada por los agustinos, definidas en las tasaciones efectuadas a la conclusión de las obras, tal como ocurre con los sepulcros del fundador y el de sus padres (donde la tasación desglosa lo abonado a la parte de sepulcros, figuras y escudos), por ajustarse más a la realidad que lo inicialmente contratado. Otra cantidad difícil de estimar es la que se le paga al maestro de obras y arquitecto Francisco Cillero y el montante total de las obras que éste realiza, tanto por la intermitencia de sus trabajos en Madrigal, como por la gran cantidad de pequeñas intervenciones que realiza para los frailes, algunas de ellas a destajo. Tampoco se ha podido disponer de los datos relativos a la parte económica de la contratación del retablo principal de la iglesia, entre los testamentarios y el escultor Alonso de Vallejo, así como el pintor de la Corte Juan Pantoja de la Cruz, que se ha estimado entre 10 y 15.000 ducados, a tenor de los pagos conocidos que realiza Vallejo a Juan Pantoja por las seis pinturas (una vez que éste se excluye de la realización compartida del conjunto), así como a los doradores y otros. En el caso del claustro y escalera principal se conoce la cantidad por la que se contrata
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