Tesis doctoral


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550

Una vez se decide acometer el cuerpo del claustro nuevo con los recursos del tercer

tratado,  los frailes tratan de buscar a un arquitecto que pueda asumir la dirección de las obras,

pues con la muerte de Alonso de Vallejo, hace 10 años, desaparece la persona que se había hecho



551

   A. H. P. A., Sebastián de Mercado, protocolo 3796, s.f.

552

   F. Marías,  La arquitectura del renacimiento en Toledo (1541-1631), Volumen III,  Madrid, 1983, p. 275.



553

   No obstante hay que señalar, que en el testamento de Domingo de Iriarte, éste le deja al prior sus libros de

arquitectura, por lo que Alonso de San Clemente parece ser poseedor de algún tipo de conocimiento constructivo o teórico (o

de tener interés en los mismos), cuando además sabemos la voluntad de los testamentarios en que este fraile esté a cargo del

convento en este periodo de obras.

286


cargo de las mismas desde la conclusión de la iglesia de Juan del Ribero.  Dados los problemas

de ejecución que se habían tenido en las fábricas de la fachada principal, los agustinos parecen

decididos a contratar a un arquitecto o maestro de cantería, de mayor pericia constructiva que la

demostrada por el escultor. Quizá por este motivo, el 28 de agosto de 1628 



551

, se contrata la obra

del claustro con el arquitecto Domingo de Iriarte, de acuerdo a las trazas que se dice firmadas

por este maestro y por el padre prior fray Alonso de San Clemente. Y junto con el claustro,

Domingo de Iriarte se compromete a terminar las obras de la escalera principal que tenían

comenzadas los canteros Juan de Córdoba y Sanz de la Piedra.

Mínimos son los datos que tenemos de Domingo de Iriarte, maestro de obras y arquitecto,

con residencia en Madrid. Sabemos que trabaja en el convento de Santa María de los Ángeles,

de las Franciscas de Madrid, que se construye por iniciativa de doña Leonor de Mascareñas

(1503-1584), dama portuguesa que vino con el séquito de la emperatriz Isabel y que

posteriormente  fue aya de Felipe II. La obra del convento, atribuida a Juan Bautista de Toledo,

se terminó en 1566, por lo que las obras ejecutadas por Iriarte en este convento, que se

mencionan en su  testamento de 1630, corresponderían a algún tipo de obra posterior.

En 1625 aparece junto a Lucas del Valle y Miguel de Sarasti, como tasador de las obras

de yesería de la sacristía del Hospital de San Juan Bautista en Toledo, también conocido como

hospital Tavera, por el patronazgo del mencionado cardenal que lo ideó en la década de 1530.

La iglesia ya se había terminado el año anterior, sin embargo los maestro Encinas y Villarroel

continuaban la obra de la sacristía, que se había contratado en 1621, solicitando su tasación

cuatro años después, en la que interviene Domingo de Iriarte

552

.

Para la obra del claustro de Madrigal se elabora una traza, firmada por Domingo de



Iriarte, que no se conserva, pero cuya existencia se refleja en el contrato. Por otra parte, aunque

la traza también la firma el prior Alonso de San Clemente, no parece que pudiera ser este

agustino el autor del proyecto claustral 

553

, pues contiene conocimientos de las proporciones

clasicistas herederas de Juan de Herrera, que no parece probable dominase el fraile. Es posible

que en esa “desconocida” traza de Juan del Ribero, cuyo rasguño arranca de 1590 y abarca la

totalidad del convento (modulado en dos cuadrados de 200 pies de lado) se definiese el claustro

nuevo, pero no con los detalles y la precisión necesaria para su posterior ejecución, toda vez que

esta traza general probablemente no fuese  más que un dibujo de la planta conventual. Quiero

decir con esto que dado el cuidadoso detalle y la perfección en su elaboración, proporción y

medida, este diseño del claustro es seguro que necesitó de unos planos previos, inmediatos a su

inicio, que definiesen todas los piezas de la sillería a una escala de detalle constructivo. Esta traza

y sus despieces de obra se las atribuimos a Domingo de Iriarte, que según el contrato habría

procurado hacer: 



“la traça  más lucida, conbiniente y provechosa”

.


554

   El interior del patio mide 80 pies ( 22,28 m.), el grosor de su fachada pétrea 2,5 pies y el ancho del deambulatorio

es de 17,5 pies, por lo que la medida total del claustro hasta los muros perimetrales de las crujías que lo delimitan, es de

aproximadamente120 pies (33,43 m.). La altura hasta la cornisa es de 40 pies (11,14 m.) y las alturas de los dos cuerpos

separados por el entablamento son de 25 pies para la planta baja y 15 para la alta, teniendo por tanto una proporción aproximada

del número  Ø . La distancia de los intercolumnios es de 15 pies, por lo tanto la planta alta queda modulada en base al cuadrado

(15 x 15 pies) sobrepuesto al rectángulo áureo de la planta baja. En dicha planta alta los huecos son a su vez un doble cuadrado

de 6 pies de lado que es la anchura de la ventana.

287

El claustro es de geometría cuadrada y dos plantas, todo él de fábrica de sillería de granito



de Cardeñosa. La planta baja se estructura en cadalado mediante cinco arcos de medio punto y

la alta mediante huecos adintelados, en correspondencia con dichos arcos. El plano de la fachada

está dividido por un entablamento continuo en la separación de ambos pisos y se remata por una

cornisa sobresaliente sobre mensulones. Los machones de apoyo de los arcos, de 4 x 2,5 pies,

incorporan esbeltas pilastras ligeramente resaltadas del plano del machón, que tienen continuidad

en la planta superior, todas ellas de basas y capiteles de orden dórico de ligero y elegante perfil.

El entablamento intermedio está formado por triglifos sobre moldura de gotas, sin metopas, que

se corresponden con los mensulones mencionados de la cornisa (seis por intercolumnio).

El interior del patio mide 80 pies de lado y el total 120 pies, con una altura de fachada

de 40 pies hasta la cornisa. Esta fachada está modulada en base al cuadrado, en la planta alta, y

a la proporción áurea, en la baja, según se analiza en el apartado 2.3 

554

.

La obra del claustro hay que entenderla, no solamente como la parte correspondiente a



la arquería de piedra, que todavía subsiste en estado de ruina, sino como el conjunto de los muros

centrales o maestros, que delimitan el contorno de sus corredores perimetrales. Por lo tanto no

es solamente una labor de cantería, sino la de albañilería relativa a dichos muros, huecos,

forjados de madera, cubiertas, yeserías, solados etc. Al estar ya edificados el cuerpo de la iglesia

y el de la fachada, en estas alas se construye solamente la crujía del deambulatorio. Sin embargo

en las otras dos que corresponden a las orientaciones  N O y S O, es probable que las obras

incluyesen  los cuerpos de edificación sobre los que se abre el claustro.


288

33.  Planta y sección del claustro del convento de Madrigal. 1628-1633 

555

   Posteriormente en el siglo XVIII se acometen algunas sustituciones puntuales de la parte antigua, como por

ejemplo la bodega , el lagar o la enfermería.

289


La obra se contrata con un plazo de 5 años, por que debería de estar terminada en 1633.

Sin embargo la muerte de Iriarte, a finales de1630, trastoca la marcha de la obra, que continúa

bajo la dirección de Francisco Cillero y posteriormente de Francisco de la Hoya junto con Juan

de Alvarado,  terminándose sin excesivo retraso.

En el momento en que comienzan las obras del claustro, el convento de Madrigal tiene

terminadas la partes de la iglesia y la de la fachada principal, de 111 m de longitud, que mira

hacia la villa. Esto, en lo que respecta a las partes nuevas, pues junto a ellas existían las alas del

antiguo convento, patio y dependencias de servicio, cuya volumetría y disposición apenas

conocemos. Los agustinos pretenden concluir toda la zona central y con ello toda la obra

inicialmente prevista 



555

 . 


El presupuesto del contrato es de 17.000 ducados y el pago se concierta a razón de 3.000

ducados, cada uno de los cinco años previstos para la ejecución del claustro y los dos mil

restantes en el año siguiente a su conclusión. Esta cantidad de dinero es ciertamente importante,

solo algo menor que lo que costó la iglesia de Juan del Ribero. Las obras que se contratan son,

aparte del claustro, la terminación de la escalera que habían comenzado los canteros señalados

y el pozo con brocal en el centro del patio.

La escalera, al parecer, no se estaba haciendo como deseaban los frailes, por lo que en

las condiciones que ahora se contratan con Domingo de Iriarte se especifica que deberá llevar

antepechos, pasamanos y pilastrones labrados, con los tramos inferiores en bóveda de sillería.

El maestro Juan de Córdoba deberá terminar el peldañeado de piedra, que al parecer estaría ya



en fase de elaboración.

“ Escriptura entre el padre prior y conbento de señor San Agustín y Domingo de Yriarte

En el monasterio de señor San Agustín extramuros de la villa de Madrigal, a veinte y ocho días

del mes de agosto de mill y seiscientos y veinte y ocho años, ante mi Sebastián de Mercado

escribano real del numero y perpetuo de la dicha villa por su magestad y testigos, parecieron de

la una parte Domingo de Yriarte, maestro de cantería, bezino y rresidente en la villa de Madrid

corte de su magestad, estante en esta villa, y de la otra el padre prior, frayles y conbento del

dicho monasterio, estando juntos y congregados en su capitulo llamados por toque de canpana

donde y según lo tienen de usso y costumbre juntarse para tratar y entender de las cosas que son

del serbicio de Dios nuestro señor bien y utilidad del dicho conbento, estando especial y

señaladamente el padre fray Alonso de San Clemente, prior, fray Felipe de Fuensaldaña, suprior,

fray Juan Quijano, fray Lorenço de la Bega, fray [...] de Santoyo, fray Juan Hurtado, fray Juan

Miguel, fray Antonio de Herrera, fray Antonio Sainz, todos frayles professos conventuales del

dicho monasterio, que confesaron ser la mayor parte de los rreligiossos conventuales del, por

ssi y los ausentes y que después dellos bendrán, por quien prestaran boz y canción de rrato grato

judicatum solbendo a manera de fianca en forma de [...] de que estarán y pasaran por lo

contenido en esta escriptur, y que su paternidad reberendissima el padre maestro fray

Bernardino

 

Rodríguez, probincial de la dicha horden y obserbancia de señor San Agustín en esta

probincia de Castilla rratificara y aprobara a lo contenido en esta escritura, por no aber tenido

tiempo para pedir licencia a su paternidad para la otorgar, para su  más fuerca y balidazion por

la aut[...]idad que se entiende que de otorgarla luego, con el dicho Domingo de Yriarte, se sigue

290

a este conbento y premisa la dicha caución que para ello hacen de los vienes propios y rrentas

espirituales y temporales abidos y por aber del dicho conbento que obligaban. 

Dijeron que, por quanto en la cassa del dicho fundación del yllustrisimo señor cardenal y

arcobispo que fue deToledo, don Gaspar de Quiroga questa en el cielo, y su cuerpo y guessos

de sus padres, en la yglesia deste conbento, se an de acer y fabricar algunos edificios y obras

para adorno de la dicha cassa, como para fundazion de tan gran principal es justo. Y lo que

primero conbiene fabricar y hacer es el edificio del claustro y guarnición de un poco en medio

del, y acabar la escalera començada todo de canteria bueno limpio y bien labrado, y en quanto

a lo suso dicho, abiendo procurado hacer la traca  más lucida conbiniente y probechossa y echo

computo y tanteo de los pies de dicha piedra que a de llevar costes de sacar a carretas y de

asentar y lo demás necessario,  el dicho conbento y el dicho Domingo de Yriarte, maestro de la

dicha cantería, se an conbenido y concertado que aga la dicha fabrica y hedificio de el dicho

claustro y guarnicion del poço y escalera y lo de acavado en toda perfección, dentro de cinco

años y por el precio de maravedis conforme a las condiciones que de pressente tienen echas y

con aditamento que el dicho padre prior, por si y en nombre del dicho conbento, las a de

declarar  más por menudo y todo lo que en ellas falta y faltare, por aberse echo de priessa por

la necesidad que el dicho Domingo de Yriarte tiene de bolver a la villa de Madrid por su casa

muger y familia, al presente la dicha declaración tanteo y que  más a de ser por su quenta, que

en las condiciones fechas no esta rreferido, a de ser obligado a acer como son las doce puertas

que a de llebar el dicho claustro en las paredes de albaneria y otra puerta bentana en la

escalera, que por no estar determinado el tamaño que an de llebar, ni como no ban puestas en

las dichas condiciones, y por lo rreferido de la priessa con que se otorga esta escritura y que se

comience luego la dicha obra, no se ajusta la dicha declarizion, obligándose, como se obligan

de hacerla, por menudo de dichas condiciones y esta obra, dentro de quatro meses primeros

siguientes de la fecha desta escritura, la qual dicha declaración firmada de anbas partes

entregaran a mi, el presente escribano, para que lo ponga y junte con esta escriptura, por la qual

declarazion ayan de [...]ar y pasar cada una de las dichas partes y de la guardar y cumplir como

por lo contenido en esta escritura y condiciones que al pressente ban en ella ynseridas, como si

desde luego la dicha declaración de dichas condiciones y fabrica con ellas fuera ynserta en esta

escriptura, y las que de pressente las dichas partes entregan a mi, el dicho escrivano, para que

las ynserte e yncorpore de que sea de hacer la declaración rreferida, son las siguientes.

Aqui entran

Las quales dichas condiciones y cada una y cossa dellas, con  más la declaración que ansí dellas

yciere el dicho padre prior, por menudo firmada de sun [...] por ssi y en nombre del dicho

conbento y ansí mismo firmada del dicho maestro anbas  las dichas partes, cada una por lo que

le toca, se obligaban y obligaron a guardar y cumplir en todo y por todo estar y pasar por ellas

sin las dar ni debe dar otro sentido ni entendimiento alguno,  más del que en si tienen las dichas

condiciones y declaración que  más en particular hicieren, con lo qual de todo punto a fin aran

la dicha fabrica e dispusición della conforme a la dicha traca. 

En cuya ejecución desde luego el dicho Domingo de Yriarte por esta escriptura se obligava y

obligó a acer la dicha fabrica y obra de claustro, guarnición de poco del, y escalera, y lo dará

acavado muy bien echo y labrado en toda perfección dentro del tiempo y por el precio que en las

dichas condiciones ynsertas ba rreferido, dice y declara, y en la declaración dellas, firmadas de

anbas partes, se dispusiere declarare y asentare, todo conforme a la dicha traca, a bista de

maestros del dicho arte y el dicho padre prior y conbento quisieren que lo bean para si ba

cumpliendo y cunple en acer la dicha obra conforme a la dicha traca, condiciones aquí ynsertas,

y declaraciones dellas, esta obligado a acer y hedificar, para que lo que ansi faltare de hacer en

la dicha obra, conforme lo que declararen los dichos maestros que obieren, se desquente del

precio de los diez y siete mill ducados en que ansí se obliga ha acerla .....

556

   A. H. P. A., Sebastián de Mercado, protocolo 3796, s.f.



291

....Y ansí mesmo, si durante el dicho tiempo de cinco años no de acabada la dicha obra por se

absentar de trabajar en ella y no meter los oficiales necessarios, el dicho conbento pueda traher

y traya maestros y oficiales, acaben y fabriquen conforme a la dicha traca y condiciones

ynsertas, y lo que  más costare de los dichos diez y siete mill ducados quiere ser y sea ejecutado

con  más por quinientos maravedis de salario cada un día de los que se ocupare la perssona que

fuere a buscar los dichos maestros y oficiales fuera desta villa, y al dicho Domingo de Yriarte

si se ausentare della, para conpelerle

 

a lo contenido en esta escritura, y esto quantas beces se

fuere y la tal persona se ocupare en yda estada y buelta asta que lo suso dicho tenga cumplido

efeto, y en los tales días que ocupare la tal perssona, sea creydo por su juramento en que el dicho

maestro lo deja y difiere sin otro testimonio ni probanca alguna y de todo se le aga entero y

cumplido pago al dicho conbento, que para el cumplimyento de lo contenido en esta esta

escritura obliga su persona y bienes abidos y por aber, a que la dicha su muger rratificará y

aprobará esta escritura y se obligará con sus vienes dotales y arras y demás que le pertenezcan,

al cumplimiento dello, dentro del tiempo y según se declara en la condición aquí ynserta.

Y el dicho padre prior, frayles y conbento, se obligaban con los vienes y rrentas del arriba

rreferidos, de dar y pagar al dicho Domingo de Yriarte por la dicha fábrica y obra, los dichos

diez y siete mill ducados, a los tiempos y plaços y como se declara en las dichas condiciones y

sigún y como fuere fabricando sin le acer falta alguna para que baya pagando la piedra a los

canteros y oficiales que en ella trajere y demás que ubiere menester. 

Y se le dará al pie de la obra la cal arena y demás materiales y cosas que conforme a las dichas

condiciones está y queda por quenta del conbento de le dar, de manera que por falta dello no

deje de trabajar, y passados los dichos plaços y por qualquier cossa que el dicho convento dejare

de cumplir, el dicho maestro les ejecute, conpela y apremie por todo rrigor y pueda conprar los

materiales que así faltare y por lo que costare,  ansí mesmo les pueda ejecutar y ejecute con más

quinientos maravedís de salario, de todos los días que se ocupare, ansí en yda, estada y buelta,

así en yr a buscar los dichos materiales que son por quenta del conbento, como a compelerle a

lo que por esta escritura está por su quenta del dicho conbento, y de todo se le aga entero y

cumplido pago, y lo suso dicho lo dejan y difieren en el juramento del dicho maestro o perssona

que a ello fuere, sin otra probanza ni testimonio alguno ...

Siendo testigos ....Julian de Guiarte y Juan Rodríguez y Domingo....y todos los dichos otorgan

fe que yo el escrivano doy fe [...]  y lo firmaron “

 

556

.

De la misma fecha son las condiciones que firman el padre prior y Domingo de Iriarte,



que desarrollan el contrato anterior. En las mismas se menciona que Domingo de Iriarte habrá

de ejecutar también las 12 puertas que comunican el claustro con las dependencias contiguas y

una puerta ventana en la escalera. Estas puertas corresponderían a la iglesia, acceso a la sacristía,

refectorio, escalera, etc. 

Hay que tener en cuenta que la comunicación entre la sacristía y la cabecera de la iglesia

se producía a través del claustro, al estar situada la primera al lado del coro, a los pies de la

iglesia por el lado de la Epístola, de ahí que todavía se vean en el muro del testero del crucero

dos puertas labradas de piedra que dan al claustro. Esta solución, un tanto extraña, se debe al

cambio de orientación de la iglesia que se produce con la intervención de Juan del Ribero en

1595.


En estas condiciones de obra se especifican algunos aspectos constructivos interesantes.

557

   Estos escudos no se conservan, pues los dos que se guardan en el convento de Nuestra Señora de Gracia de las

agustinas de Madrigal son los que se situaban sobre las torres de la iglesia.

292


La piedra para la labra de todos los sillares será de granito de Cardeñosa, similar a la que se está

usando para la escalera. Los cuatro escudos, que van sobre las claves de los arcos centrales de

cada paño, de granito rubio de la misma cantera, como el que se había empleado en las figuras

exteriores sobre la arquería de acceso. Estos escudos eran dos de las armas del cardenal Quiroga

y los otros dos de la orden agustina 

557

 .

Se pide que la labra sea fina, como la que se ha hecho para la base del retablo del Altar



Mayor, con las juntas que se vean lo menos posible y con piezas de gran formato. Así, los

antepechos que separan el deambulatorio de planta baja del patio exterior, se hacen de tres piezas

horizontales enterizas: basa, peto y pasamanos, con longitudes de 3 m, conforme a la traza, al

igual que las jambas y dinteles de las huecos de la planta alta, que se hacen de una pieza con

grapeado de forja. Estas ventanas llevaban incorporadas unas rejas exteriores y una carpintería

de madera al interior, por lo que la segunda planta se ideó, desde un principio, como una zona

acondicionada térmicamente y por lo tanto con la posibilidad de ser habitable en toda su

superficie.

La definición de la traza debió de ser precisa.  Los despieces y molduraciones vienen

estrictamente modulados en función del pie como unidad de medida (múltiplos y submúltiplos),

al igual que los resaltes de las pilastras, cornisas, metopas  y aleros. El intradós de los pilares de

la arquería se corresponde con el machonado opuesto sobre los muros de ladrillo, buscando la

concordancia de las molduras y aristas de las bóvedas tabicadas bajo el forjado, lo que obliga a

un replanteo y ejecución muy precisos para el conjunto de la obra. En la planta superior, la cara

interna de la fábrica de sillería se deja apiconada, para que agarren las bóvedas y yeserías. 

Las bóvedas estaban previstas en las dos plantas del claustro y las acabó realizando el

arquitecto Francisco Cillero. Eran tabicadas de ladrillo, con sección de cañón y lunetos de arista

derramada, y en las capillas de los ángulos, bóvedas de arista. En planta baja, las yeserías cubrían

los paramentos hasta los arcos de medio punto de piedra y en planta alta, hasta la carpintería.

 

Se describe también en el contrato como se deberá desmontar parte de la pared del



“cuarto nuevo” lindero con el claustro, aprovechando los sillares de piedra y rehaciendo dicha

pared, en función de la nueva obra, sobre las dos hiladas de piedra que a modo de, enrase de

cimentación, son comunes en todo el edificio. Sobre esta pared, al igual que sobre la de la iglesia

ya construida, se deberán hacer las pilastras de ladrillo para el apoyo de las bóvedas tabicadas.



“...Primeramente el dicho Domingo de Iguiarte se obliga a edificar y acabar, en toda perfección,

el dicho Claustro que se entiende quatro ángulos bajos y quatro altos, conforme a la traza que

queda en poder del dicho Comvento firmada del dicho Padre Prior y maestro y de mi el

escribano, y el dicho Claustro a de ser todo de piedra beroqueña de Cardeñosa, granimenuda,

conforme a la que se ha traído para la escalera principal que ha de acabar el dicho maestro. Y

el labrado a de ser mui linpio, conforme al del pedrestral del retablo del altar mayor, y las juntas

mui bien hechas y limpias en las partes que menos se vean, procurando siempre baian en los

rincones de las pilastras.

Yten, es condición que las basas y capiteles y enpostas y almendrillas de las enjutas de los arcos

y los quatro escudos, dos del señor Cardenal y dos de la orden, que a de añadir a la traza y

293

poner por su quenta en medio de cada ángulo y entre los dos ángulos alto y bajo, an de ser de

otra cantera que esta media legua poco  más alla de Cardeñosa, que es la piedra de grano más

menudo, algo  más tiesa y de color  más claro.

Yten,  an de ser los pedrestales de las menos piezas que se pueda y los antepechos bajos de solas

tres piezas: el [cocho]

 

de debajo de una, el cuerpo de en medio de otra, el pasamano alto de otra,

conforme a la traza, y las janbas y dinteles de las bentanas del Claustro alto a de ser cada una

de sola una pieza, echando a las jambas, para  más seguridad, sus grapas si al Padre Prior le

pareciere son necesarias. Y en las dichas janbas y dinteles ha de quedar hecha caja suficiente

para encajar el marco de las ventanas [...], adonde ha de asentar las rejas que demuestra la

traza, dándoselas el comvento hechas y puestas al pie de la obra [...]  Y en las cornisas alta y

baja ha de hazer cajas donde entren las viguetas de las bobedillas de los ángulos.

Yten, ha de acabar y poner en toda perfección la escalera principal del comvento que se esta

haciendo, excepto los escalones y ocinos que tienen obligación de dar acabados Juan de Córdova

y de [...] Sanz de la Piedra, su compañero, y la piedra necesaria para acabar la dicha escalera,

que son los antepechos [...] digo pasamanos y quatro pilastrones, que asta ora no estaban

concertados con naide, la saca y acavado dellos, a de ser por quenta del comvento y a su costa;

y la labor de la forma en que se comvienieren el dicho Padre Prior y maestro y el asiento y el

hacer las cinbrias, dando el comvento madera y clavazón para estas, y las de los arcos del

claustro y la maestría ha de ser todo por quenta del dicho maestro.

Yten.  ha de hazer el brocal y adorno dehavado del pozo den medio del claustro de la traza y

forma en que con el dicho Padre Prior se conviniere, poniendo de su parte todo lo necesario de

lavor y lo de  más asta dejarlo en toda perfección, excepto la piedra que se la a de dar para el

dicho pozo y su adorno el dicho comvento, puesto al pie de la obra.

Yten,  se obliga de dar acabada y en toda perfección toda la dicha obra dentro de cinco años,

que se an de contar desde el día de la fecha desta escritura en adelante, cumpliéndose con el en

darle en cada un años los tres mill ducados que abajo iran declarados. Y si los quinze mill

ducados que se le an de dar en los dichos cinco años, el comvento se los diere en quatro años,

se a de obligar y se obliga a dar acabada toda la dicha obra en los dichos quatro años.

Yten,  es condición que aya de dar por fiadura a su mujer de que cumplirá y acabará toda la

dicha obra y obligándose con su dote y arras. Y caso que durante la dicha obra, lo que Dios no

permita, acertase a faltar el dicho maestro, se avía de tasar por anbas partes la obra que

estuviere hecha y descontar el dinero rezevido, dando a lo que se tasare el valor conforme al

concierto hecho de los decisiete mill ducados, rata por cantidad de lo hecho y que faltare por

hazer. Y si montare  más el dinero rezevido que la obra hecha, se le ha de bolber al comvento

de lo vienes de el principal y fiador, y si montare  más la dicha obra quel dinero  rezevido ha de

pagar el comvento la dicha demassía a los erederos del dicho maestro y quedarse el comvento

con la dicha obra para darla a que la acabe o alguien vien visto le fuere.

Para todo lo qual arriba dicho a de dar el comvento, al dicho maestro, decisiete mill y cien

ducados de a onze maravedis, en moneda corriente los cien ducados luego de contado para que

traiga su casa y mujer a este lugar, que a de ser desde aquí al día de San Miguel primero que

viene u antes. Y los decisiete mill ducados se le an de pagar en esta manera, en cada un año de

los cinco en que tiene obligación a acabar la dicha obra, tres mill ducados pagados por los

tercios del año, que los primeros mill ducados an de ser para la Navidad que biene desde

presente año en que estamos de 1628 u antes si antes los quisiere y los otros mill para fin de abril

del año que biene de 1629, y los mill restantes del primer año, para fin de agosto del dicho año

de 29 y asi sucesibamente asta fin de los cinco años en que se a de acabar la obra. Y los dos mill

ducados restantes a cumplimiento de los decisiete mill, se le an de dar por San Miguel y Navidad

558

   A. H. P. A., Sebastián de Mercado, protocolo 3796, 168-171 vª.

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el primer Año después de acabada la dicha obra.

Yten, le ha de dar el dicho comvento una viga grande y otra pequeña de las que estan oy en él,

para que haga una cabrilla y hacer el comvento a su costa, un carro fuerte errado para que

pueda traer a la suia las piezas grandes necesarias para la dicha obra, la qual, acabada, an de

quedar para el comvento carro y cabrilla.

Yten, queda por quenta del dicho comvento el sacar los cimientos de los quatro ángulos asta

donde se an de poner las cosas que an de ser fundamento del dicho claustro.

Yten, ha de dar el dicho comvento al dicho maestro, toda la cal y arena necesaria para que

asiente la cantería.

Yten, a de ser para el dicho maestro la piedra de sillares y pilastras que sacare por su quenta y

riesgo de la pared del quarto nuevo que cae hacia el dicho claustro, dejando la dicha pared

fuerte y segura con las pilastras de albaneria, para lo qual le a de dar el comvento los materiales

necesarios y la dicha piedra se le da para aiuda de la costa que le tenga

]

el hacer las dos iladas

de sillería y pilastras en las paredes de los quartos que miran al dicho claustro y en la de la

iglesia, que las a de hechar y hacer por su quenta.

Yten, es condición que los ángulos altos por la parte que mira adentro excepto las janbas y

dinteles de las ventanas, an de quedar labrados a picon solo por aberse de jaarrar y lucir para

que corespondan con las paredes de frente y los ángulos bajos y janbas y dinteles de los altos

an de quedar mui bien labrados y limpios por dentro y fuera y todas partes.

Yten, es condición que toda la dicha obra se aya de ir edificando y edifique y se acabe a

satisfacción del dicho Padre Prior y maestros que si le pareciere pueda nombrar para ver si se

ejecuta i ba ejecutado comforme a la traza, y si se gasta en la dicho obra todo el dinero que se

le fuere dando y de lo que llebare menos en [...] en bondad la dicha obra, se aian de tasar las

peorias y menos cabos y descontársele al dicho maestro del dinero que se le deviere dar.

 

Y en esta forma y con las condiciones suso dichas nos abemos concertado el dicho prior y

comvento y yo el dicho Domingo de Iguiarte y para que conforme a este papel se hagan la

escritura lo firmamos en beinte y ocho de Agosto de 1628 años. Fray Alonsso de San Clemente,

Domingo de Yriarte . Los cien ducados se le an dado ya “

 


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