Tesis doctoral
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- 1.1.2 El convento de agustinas de Santa María de Gracia.
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En el Alphabetum Augustinianum, aparecen algunas referencias a este proceso fundacional a cargo de María Díaz : “ Matricalense, S. Mariae de Pietate, alias de Gratia, provinciae Castellae subditum. Non constar certo de tempore erectionis huius Cenobii; in dubium tamen non cadit estitiffe ann 1353. Extat enim in archivo Cenobii privilegium regis Alfonsi XI, de era 1391. id est anno 1353 (?). Est & aliud Elisabethae Reginae Catholicae, quae aliud refert matris fuae afferentis in 177 En Alphabetum Augustinianum, t. II, Madrid, 1644, p.147-148. 178 En Alphabetum Augustinianum, t. II, Madrid, 1644, p. 54. 93 Matricalensi Monialium Cenobio (erat, quod nunc est fratrum ) sepultam iacere quandam infantem Regum filiam, quam sui picor esse Catherinam Regis Ioannis II, ex Regina Maria filiam, & infantis Henrici contoralem quae Matricali obiit die Dominico 17, septembris anno 1424. Erectum autem fuit a D. Maria Diaz, nobili vidua Arebalensi in Eremitorio S. Hilarii extra oppidi maenia ...” 177
apparere dignata fuerit & vt in eremitorio S. Hilarii apud Matricalenses sibi Virginum Monasterium erigeret praeceperit subdes in eo plures Christi Sponsas ad coelestis agni nuptias vigilanter ornaturas lampades luas, & intraturas in gaudium domini sui...”
179 Sobre 1530, cuando se trasladan a las casas reales de Juan II. En la actualidad se denomina de Nuestra Señora de Gracia. 180
A. Encinas de, Madrigal de las Altas Torres, cuna de Isabel la Católica, Revista Geográfica Española, Madrid, p. 16.
181 A. A. M., caja 1, Bulas Pontificias y despachos eclesiásticos, doc. nº 3. Publicado por C. M. Ajo González, El siglo XV: Primer siglo de Oro abulense, tomo XII, Ávila, 1994, p. 726 ; Ver también tomo IV, p. 26. 182
En Archivo Agustiniano, LVII, 1963, p. 206. 94
El convento de agustinas de Santa María de Gracia.
Este convento de agustinas fue adquiriendo un cierto prestigio y se convirtió poco a poco en residencia de hijas de la nobleza, quizás al amparo de la residencia temporal de la corte en Madrigal, cambiando como hemos visto el nombre de Santa María de la Piedad a Santa María de Gracia la Real
. Doña María de Aragón, la primera mujer de don Juan II de Castilla, al casarse recibió de éste como dote, las villas de Madrigal y Arévalo, pasando largas temporadas en Madrigal. En 1424 su hija Catalina, la infanta heredera, muere a la edad de dos años en esta villa y se la entierra en el entonces convento de monjas agustinas extramuros
. Don Juan II, había recibido Madrigal como herencia de su madre doña Catalina, levantando aquí un palacio de descanso de Corte, que también fue habitado por su segunda mujer, doña Isabel de Portugal, que benefició igualmente al convento de agustinas. El 11 de septiembre de 1435 por la bula “Apostolicae Nobis” dada en Florencia, se confirma este monasterio de la regla de San Agustín para mujeres, extramuros de la villa de Madrigal, que se funda con autorización del obispo por la que quizá fue la primera priora Terasia
. En el año de 1438, el convento de monjas, por bula del mismo Papa Eugenio IV 182 , se adscribe a la reforma de la Observancia de la Orden de San Agustín, tal como lo explica el P. Teófilo Viñas en su estudio sobre el convento: “...En cuanto a la asistencia espiritual de la comunidad, sabemos que, desde tiempo inmemorial, corrió por cuenta de tres religiosos agustinos, uno de los cuales desempeñaba el oficio de vicario y los otros dos eran capellanes colaboradores. Comunidad y frailes aceptaron el programa reformador de fray Juan de Alarcón en 1438. Efectivamente, por Bula del papa Eugenio IV, fechada el 9 de diciembre de 1438, el monasterio de Madrigal quedaba adscrito a la Reforma junto con otros cuatro conventos masculinos. He aquí el párrafo de la citada Bula en el que figuran los conventos que inicialmente formaron la llamada Congregación de la Observancia: “Sane pro parte dilecti Ioannis de Alarcon, Ordinis fratrum Heremitarum Sancti Augustini, professoris, in Theologia licenciati, petitio continebat, quod olim dilectus filius Geraldus de Arimino, prior generalis dicti Ordinis, ipsum Ioannem in Sanctorum prope villam Vallisoleti, a B.M.V. de Pilari apud villam de Arenia, et Donnarum ac Vallisoleti necnon B.M.V. de Matricali, Palentinae et Abulensis dioceseum, ceterisque domibus..., suum fecit et instituit Vicarium...” 183 T. Viñas Román, “El convento agustiniano extramuros de Madrigal de Las Altas Torres”, en La ciudad de Dios, CCXIV, El Escorial, 2001, pp. 705-732. 184
A. A. M. caj. 1. Publicado por C. M. Ajo González, El siglo XV: Primer siglo de Oro abulense, tomo XII, Ávila, 1994, p. 727. 185 A. A. M. caj. 1. pieza b, doc. nº 14. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 733. 186 A. A. M. caj. 1. pieza c, doc. nº 14. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 734. 187 A. A. M. caj. 3, Privilegios... doc. nº 7, t. IV. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit. , p. 727. 188 A. A. M. caj. 8, pieza d. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 727. 95
. Así pues a partir de esta fecha de 1435 (y especialmente de 1438) se constituye de forma reglada esta congregación femenina agustiniana, que pasa de beaterio a convento, aunque con anterioridad a estos años ya se considerase como tal. En el año 1438 y por el mismo Papa, se concede a las agustinas del Monasterio de Gracia de Madrigal el que sus confesores puedan absolver de pecados y censuras reservadas. También que “el presbítero secular o regular que eligieran las monjas puedan darles la absolución in
. En marzo de 1492 el Papa Inocencio VIII, concede indulgencias a las monjas y convento de Santa María de Gracia de Madrigal, similares a las que se ganaban visitando las iglesia de la ciudad de Roma “en tres días al año y durante toda la cuaresma, siempre que ellas visitaran los tres altares que
. Alejandro VI, en su Bula “In apostolicae” prohibió a todos los conventos el dejar de ser claustrales y pasar a la Observancia, sin licencia de los Padres Generales o del mismo Papa 186 , si bien las agustinas de Madrigal ya hemos visto como ya habían adoptado este cambio en 1438. El convento recibe desde su fundación diversas ayudas de la corona: .-En 1417 en las Cortes celebradas en Burgos, se confirma el privilegio existente aprobando las exenciones pontificias de la Orden de San Agustín, hasta la cantidad de 20.000 mrs. .-Juan II establece en septiembre de 1442 una Real Provisión dada en la villa de Arévalo, por la que se concede al Convento de Gracia de las agustinas un juro de 5.000 mrs. sobre las alcabalas del vino de Madrigal de las Torres por cesión de Martín Ruiz 187 . .- Albalá y Cédula Real del mismo monarca por lo que se concedía al convento 50 cargas de trigo situadas sobre las tercias reales de la villa de Madrigal 188 .
189 A. A. M. caja 2, pieza c. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 726. 190 A. A. M. caj. 2, Provisiones Reales y Eclesiásticas, doc. nº 9. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 729. Esta concesión acabó en largo pleito entre las monjas y el Concejo. 191
A. A. M. caj. 2, pieza b. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 730. 192
A. A. M. caj. 3, códice nº 20. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 731. 193
A. A. M. caj. 2, pieza j, del cód. nº 25. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 734 194
En 1432 el convento de las agustinas permuta una casa que tenía junto al Hospital Real de Madrigal y algunas tierras, por una heredad en Horcajo de las Torres.A. A. M. caj. 9, pieza. a. Publicado por C. M. Ajo González, op. cit., p. 726. En el año 1449 Francisco Díaz, escribano de Madrigal, dona a las monjas un prado que está detrás del convento en el paraje denominado Prados de San Hilario A. H. N. Clero, legajo 580. 96 .- Su primera mujer Doña María de Aragón, como señora de la villa de Madrigal, concede por su albalá el que las agustinas puedan extraer una carretada semanal de leña de los montes de la villa, si bien posteriormente, por Real Cédula de 2 de marzo de 1433, rebaja esta cantidad a dos carretadas mensuales, ante la protesta del concejo
. .-En 1466 Alfonso, el malogrado hijo de Juan II, concede una carta de privilegio para que el convento pudiese llevar sus ganados (hasta 1.000 cabezas de lanar) a pastar, sin coste alguno, en todos los montes y baldíos de la ciudad de Ávila, así como el derecho a cortar leña para sus cabañas
. .-En diciembre de 1475 Isabel de Portugal, su segunda mujer firmaba una Real Cédula, por la que concede al Convento de Santa María de Gracia 30.000 mrs, sobre sus rentas toledanas 191 . .-En 1476 una Real Cédula de Isabel la Católica, aprobaba la renuncia que había hecho su madre la reina Isabel el año anterior, a los 30.000 mrs. del juro mencionado sobre las rentas de Toledo, al convento de Santa María de Gracia 192 . .-En 1499 a través de la Real Audiencia de Valladolid, y en nombre de los monarcas, se prohíbe matar palomas en el entorno de una legua del convento de Santa María de Gracia de Madrigal, bajo multa de 60 mrs. y confiscación de las armas 193 . Durante el siglo XV el convento de las agustinas va adquiriendo renombre e incrementando sus donaciones, favorecido que duda cabe, por el que la Corte, especialmente en tiempos de Juan II, tuviese en Madrigal residencia estable. Aunque pocas son las referencias que disponemos sobre el convento desde 1438 hasta final de este siglo, existen algunos datos notariales de escrituras de compraventa de tierras y donaciones que se conservan en el Archivo Histórico Nacional. Estos datos parecen indicar que el convento especialmente a partir de la segunda mitad del siglo XV, gozaba de una saneada situación económica, que le permitió la adquisición de tierras
.
195 Apeos: (División de bienes de Alonso Gumiel y Beatriz de Bracamonte, padres de las monjas Catalina, Leonor e Isabel, 1522, con su hijuela), (Apeo de las tierras que tenían en Madrigal, 1526, con restitución de tres por la hijuela de la monja Catalina Vela). Títulos de propiedad: ( Inventario de los bienes que dejo Toribio Sánchez hecho ante Juan Sánchez, a instancias de Amuña Velázquez su mujer, 1430), ( Donación de Gonzalo Rodríguez a sus hijas María y Leonor de cien florines de oro por ser monjas, pero muerto redimió su padre Nicolás los doscientos florines, dando al convento huerta y casa a do dicen la Nava, cerca del Caño “hoy iglesia de este convento”, ante Fernando González, 1433), (Partición de bienes de los que tocaron a Isabel Ruiz de Medina , viña a las Cañadas, otra camino de Blasco Sancho a la Puebla y otra al camino de San Pedro a Moraleja, ante Fernando González, 1441), ( Prado de San Hilario, a Diego Fernández, ante Pedro Alfonso, 1454), (Tierra cerca de la Alberca, a María Rodríguez, 1454),(Compra de tierra a los hijos de Lope Álvarez de Guzmán, Juan Pedro e Inés, vecinos de Bonilla, que estaba pasado el convento y lindera del prado del mismo, ante Juan González de Madrigal, 1458), ( Otra cerca de el a N. Fernández, ante Gil Sánchez Crespo, 1460), (Otra a Diego González de Bercial, a la Carrera del Valle, ante Diego, padre del vendedor, 1460), ( De viña a Machín y Juana González en el pago de las Cañadas, ante Gil Sánchez Crespo, 1460), ( Prado cerca del convento a los tutores de María y Pedro Martínez ante el mismo escribano, 1461), ( Otra en el mismo sitio a Catalina Alfonso, ente el mismo, 1462), (Compra de tierra a la derecha del camino de Mamblas lindera del Caño tras el convento, por Alfonso Martínez a Andrés Fernández, ante Diego Alf. de Medina, 1467, comprada luego por el convento según recibo de aquel), (Otras dos obradas por las persona antes mencionadas y con el mismo destino, cerca del convento, a la izquierda de los caminos del Villar y Mamblas, linderas también del sendero que va del convento a Mamblas, 1468), ( Dos prados, uno junto al convento a Ferrán Sánchez,1454, y otro a Teresa Arias cerca del convento, 1476), (Compra (por el convento) de una era de una cuarta, por 1200 mrs. en el prado de Santhilario, a Catalina Rodríguez, ante Gil Sánchez, 1478 ), ( Viña de una cuarta en la misma dicha vega, ante el mismo, 1484), ( Viña y mimbreras a la Vega, cerca del convento, a María González, ante Diego González, 1486), (Cuatro escrituras de compra por el convento de Gracia: casa con corral en la Puebla a Juan ante Diego González Barroso, 1488; casas a Alfonso González en la calle de La Puebla ante Pedro Alfonso, 1454, y otras en la puebla a Andrés Portero ante Alfonso Muñoz 1489), (Donación de bienes por Bartolomé Sánchez, ante Diego Alfonso, 1504). A. H. N., legajo nº 580. Reseña publicada por C. M. Ajo González, Ávila Fuentes y Archivos, tomo III, Ávila, 1991, pp.461-466. 196 (Compra de tierra a la izquierda del camino del Villar a la Balsa de la Fuente del Convento, a N. González, ante Alfonso Fernández, 1512), (Compra de tres tierras ante Gil González de Hontiveros , 1523, en donde dicen Cabaña Vieja), (Otra a la Veguilla, por la que atraviesa el Caño de la Fuente del convento extramuros a A. Cebollón, ante Alfonso Fernández de Medina, 1513), (Tierra a la derecha del camino de Mamblas, a G. de Espinosa, también en 1513), ( Compra de una casa en la Puerta de Arévalo, junto al Palacio, en 1526, a Leonor González, ante Francisco González Huete, escribano real), (Dos tierras a vecinos de Moraleja, sitas en Madrigal, como se va al Villar , en 1530), (Cuatro obradas de tierra en los lavajares de Madrigal, que vendió Diego de Neyra, vecino de Paradinas de la Orden de San Juan, camino de Carragrulla, en favor de doña María de Aragón, priora del convento de Madrigal en 1522). A. H. N., legajo nº 579. Reseña publicada por C. M. Ajo González, op. cit, pp.461-466. 197 (Dote de la monja María de los Reyes, 1520), ( Dote de la monja Catalina Gutiérrez, 1527 ). A. H. N., legajo nº 581. Reseña publicada por C. M. Ajo González, op. cit, pp.461-466. 198
Los datos están extraídos del A. H. N. Clero regular, legajo 586, y pertenecen al “libro en el cual se asientan los mandatos de los provinciales...” 97 Estos datos sobre el convento de las agustinas de Madrigal, se recogen principalmente en los legajos : L-580 195 , L-579 196 y L-581 197 . En cuanto a la arquitectura de este primer convento extramuros, debió ser un edificio modesto, tal como lo conocemos por algunas descripciones posteriores en el momento en que comienzan las primeras reformas por los frailes en la segunda mitad del siglo XVI 198 . Constaba de un cuerpo de edificación en torno a un claustro, con arquería de ladrillo y algunas edificaciones adyacentes de servicio, que se disponían en torno a un segundo patio más pequeño. La Iglesia tenía 75 pies de largo (cerca de 21 m) por 31 pies de ancho (8,6 m) y estaba situada en uno de los laterales del cuerpo principal, en una situación similar a la actual pero con la orientación inversa, esto es, con la cabecera hacia la villa (N.E.), la cual disponía de un pieza de sacristía. Tenía esta pequeña iglesia planta de cruz latina, con un crucero cuya parte del Evangelio se adelantaba sobre el claustro del convento, y por el lado de la Epístola una “nave pequeña”, que probablemente tuviese forma de atrio abierto, resguardado de los vientos. 199 El libro de Profesiones del Convento de las agustinas de Madrigal comienza en el año de 1460, y es uno de los primeros que se conocen a nivel nacional. 200
A. A. M. , Libro de profesiones, f.25r. Publicado por R. Moreno y Rodrigo, "Madrigal de las Altas Torres, cuna de Isabel la Católica" Ávila, 1949, p. 62. 98 En el cuerpo del N.O., con una anchura de casi 9 m, se sabe que disponía el convento de una bodega de dos plantas, que aprovechaba el pequeño desnivel de esa zona, que daba directamente hacia la huerta por el otro lado al claustro; y también de una sala capitular que estaba junto a ella, situándose en el cuerpo N.E la portería de acceso que daba al “claustrico”, así como la sacristía. El refectorio se situaba en el ala S.O., también en torno al claustro, sin que al parecer su volumen llegase hasta la iglesia y disponía de un “colgadizo” hacia la parte posterior de la huerta. En esta existían varios corrales, uno grande junto a la laguna y una caballeriza. Disponía de una segunda planta para uso de celdas, que se organizaba en torno al patio descrito, si bien esta planta alta debía de ser de escasa altura, especialmente los arcos de su deambulatorio claustral. La distribución de las celdas sobre las tres alas en las que se asentaban, debía de estar mal resuelta a juzgar por las indicaciones de fray Alonso de Madrid. Vemos como las monjas, especialmente durante el siglo XV, tratan de comprar todas las tierras y prados en torno a San Hilario, osea en el entorno inmediato del convento. La conjunción de estos dos factores descritos, esto es, un edificio que se habría quedado pequeño y excesivamente “modesto” para la importancia creciente del convento, unido a una cierta disponibilidad de medios, hace que cuando surja la oportunidad las monjas traten de trasladarse al interior de la villa. Y esta oportunidad llega de la mano de dos monjas con ascendencia sobre el Emperador Carlos I, por ser hijas de su abuelo Fernando. El hecho de que el convento se adscribiese de forma inicial a la reforma, fue uno de los motivos por los que se convirtió en casa de acogida para algunas de las hijas de la nobleza y de la casa real, adquiriendo un cierto prestigio. En 1492 Inocencio VIII concede al convento de las agustinas indulgencias similares a las de algunas iglesias. Entre estas hijas de la realeza que profesan en el convento destacan, como ya se ha comentado, doña María y doña Esperanza de Aragón, hijas naturales de Fernando el Católico, en cuyo priorato se acomete el traslado a intramuros de la villa. Las actas de profesión
de doña María y doña María Esperanza de Aragón son ambas de 1490 , encontrándose la segunda en el reverso de la primera, y disponiendo ambas de un contenido similar: “Jesús. Yo Doña María de Aragón, hija del muy alto y poderoso Rey D. Fernando....conozco por esta carta que por cuanto yo he estado más de un año cumplido de la probación en el Monasterio de monjas de Santa María de Gracia que es de la Orden del glorioso doctor P. nuestro Santo Agustino y mi intención y deliberada voluntad es de me dar y perseverar enteramente en el dicho Monasterio y Orden facer expresa profesión, por ende yo la dicha Doña María de Aragón fago profesión y prometo obediencia a Dios Todopoderoso y a ....Fue hecha y recibida la dicha profesión, estando todo el convento de las monjas presente a la reja, año de mil cuatrocientos y noventa años. Frater Ildefonsus de la Puente, indignus Vicarius. Doña María de Aragón. Constanza García Velázquez, priora”
.
201 Academia de la Historia, Madrid, Colección Salazar, K-4. Publicado por Q. Fernández, “Las dos agustinas de Madrigal hijas de Fernando el Católico”, en Analecta Augustiniana, LI, 1988, pp. 13-14. 202
A. H. N. , Estado, leg. 6804. s.f. Publicado por Q. Fernández, op. cit., p. 15. 99 Al parecer, ambas fueron recluidas en el convento de Madrigal siendo todavía muy niñas, por deseo expreso de la reina Isabel y sin el conocimiento de Fernando. En 1509, habiendo ya fallecido la reina, Fernando el Católico, escribe un carta al embajador de España en Roma, para que el Papa legitime su ascendencia bastarda, dados los cargos que en esa fecha ocupan en el convento de Madrigal, que son de priora y vicaria: “ El rey
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